REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 18 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : WL01-P-2001-000030
: 2E-771-01
Corresponde a este juzgado emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud presentada por el ciudadano penado LUIS ALBERTO PACHECO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal, nacido en fecha 28-05-1967, hijo de Rosa Pacheco y Oscar Narváez, de 41 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio ayudante de albañilería, residenciado en la Urbanización Páez, bloque 1, piso 8, apartamento D-82, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad No. V-9.930.844, actuando en su condición de penado en la presente causa, donde expuso: “Yo Luís Alberto Pechaco venezolano titular de la cedula de identidad Nro. 9.930.844. Me dirijo a usted, muy respetuosamente en momento de anunciarle mi DESEO DE PERNOCTAR en la esquina alcabala con calle Guillermo José Schael, Edificio Paris Planta Baja la Candelaria, Caracas, considerando que es mi sitio de trabajo actual donde me desempeño como mensajero interno del instituto Autónomo Caja de trabajo Penitenciario ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios. Esta solicito la efectuó, motivado a que mi sitio anterior de pernocta era el Centro de pernocta de Caracas, del Centro de Tratamiento Comunitario,”FRANCISCO CANESTRI” y por motivo de conocimiento publico a la fecha ya no es posible. Es imposible señalar, que dentro del edificio existe un área disponible para efectuar mi pernocta diaria aunada a eso, custodios, vigilancia interna y cámara internas que funcionan para el resguardo y custodia de dichas instalaciones….”.
Ahora bien, de la revisión efectuada en el sistema informático a los asientos donde se refleja el régimen de presentaciones del ciudadano penado LUIS ALBERTO PACHECO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal y Titular de la Cédula de Identidad No. V-9.930.844, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte del mencionado ciudadano, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho en discurrir su solicitud por todas las razones expuesta, y considerando que el mismo a demostrado estar en una plena reinserción, social permitiéndole compartir y fortalecer los vínculos de trabajo como familiares, al igual de su apoyo fundamental para el tratamiento no institucional y para facilitar su interacción con la sociedad, así como lo establece nuestra constitución en su articulo 272, se observa que el mencionado penado ha demostrado llevar buena conducta y adaptación al régimen establecido para los destacamentarios, con el buen comportamiento que hasta los actuales momentos han sido convalidados por los informe periódico conductual que estableció la formula alternativa al cumplimiento de pena como lo es el Régimen Abierto según consta en los folios 138 al 140 de la Tercera pieza del expediente, Igualmente hace constar en los folio 151 al 155 la constancia de trabajo vigente con sus recaudos, por tal razón y por lo anteriormente expuesto este juzgado acuerda la solicitud que hace el ciudadano penado LUIS ALBERTO PACHECO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal y Titular de la Cédula de Identidad No. V-9.930.844 en cuanto al anuncio del Cambio de Pernota al “Edificio Paris Planta Baja la Candelaria” ubicado en la esquina Alcabala con calle Guillermo José Schael, Caracas, Distrito Capital. No obstante que se hace la advertencia del incumplimiento de alguna de las condiciones antes mencionadas, dará lugar a la Revocatoria de la medida otorgada. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda el Cambio de Pernota al “Edificio Paris Planta Baja la Candelaria” ubicado en la esquina Alcabala con calle Guillermo José Schael, Caracas, Distrito Capital.” al ciudadano penado LUIS ALBERTO PACHECO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal y Titular de la Cédula de Identidad No. V-9.930.844, con la advertencia de que el incumplimiento de alguna de ellas, dará lugar a la REVOCATORIA de la presente autorización.
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes de la presente decisión.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION
Dr. MAURO A. RODRIGUEZ B.
LA SECRETARIA,
ABG. KARIN P. MENDEZ M.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. KARIN P. MENDEZ M.
ASUNTO: WL01-P-2001-000030