REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE
EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 08 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-009876
ASUNTO : 2E-2581-2012

ABSOLUTOIRIA


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado NELSON ALFONSO RUMBOS HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de profesión u oficio Estudiante nacido en fecha 19-01-1983, de 25 años de edad, quien es hijo de los ciudadanos Lenida Hernández (v) y Nelson Rumbos (v) y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.223.446, residenciado en Bloque 2, piso 4, apto 41, Letra A 10 de Marzo, Maiquetía, Estado Vargas, contra quien por esta sala se le siguió juicio en cuanto la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 92 al100 de la Novena pieza, sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 17 de Mayo de 2012, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado NELSON ALFONSO RUMBOS HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de profesión u oficio Estudiante nacido en fecha 19-01-1983, de 25 años de edad, quien es hijo de los ciudadanos Lenida Hernández (v) y Nelson Rumbos (v) y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.223.446, residenciado en Bloque 2, piso 4, apto 41, Letra A 10 de Marzo, Maiquetía, Estado Vargas, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano penado NELSON ALFONSO RUMBOS HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.223.446, y ORDENAR, excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado NELSON ALFONSO RUMBOS HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de profesión u oficio Estudiante nacido en fecha 19-01-1983, de 25 años de edad, quien es hijo de los ciudadanos Lenida Hernández (v) y Nelson Rumbos (v) y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.223.446, residenciado en Bloque 2, piso 4, apto 41, Letra A 10 de Marzo, Maiquetía, Estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 17/05/2012, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano NELSON ALFONSO RUMBOS HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.223.446.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA

LA SECRETARIA,


ABG. KARIN MENDEZ MUJICA