REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
SOLICITANTE: MANUEL IGNACIO FELIBERT GUZMAN, venezolano, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.561.794.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: ROSAURA HERNANDEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.614.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD Nro. 2482.
Se inician las presentes actuaciones mediante escrito presentado por el ciudadano MANUEL IGNACIO FELIBERT GUZMAN, venezolano, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.561.794, asistida por la abogada ROSAURA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.614, mediante la cual solicita se le declare a él, y a los ciudadanos ALICIA GUZMAN DE FELIBERT, ELIAS DAVID FELIBERT GUZMAN, OSCAR JAIME FELIBERT GUZMAN, REINALDO JOSE FELIBERT GUZMAN y MARIELA COROMOTO FELIBERT DE NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.712.325, V-5.091.284, V-4.121.265, V-5.096.570 y V-6.479.177, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del De-cujus ELIAS DAVID FELIBERT QUIJADA, quien falleció en fecha cinco (5) de Marzo de dos mil once (2011), y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-61.727, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 02 de Mayo de 2012, fue admitida la presente solicitud, y en fecha 25 de Junio del presente año, los ciudadanos MATILDE ISABEL ROLDAN DE BELLO y MAYRA ROSA PATIÑO MATA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.512.951 y V-17.672.728, respectivamente, en calidad de testigos rindieron su declaración, y siendo esta la oportunidad para resolver, este Tribunal encuentra:
Revisadas las actas procesales, observa el Tribunal que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
Copia certificada del acta de defunción del ciudadano ELIAS DAVID FELIBERT QUIJADA, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, inserta al Nº 016, folio 016, correspondiente al año 2011, que riela a los folios cinco (5) y seis (6) de la solicitud.
Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos ELIAS FELIBERT y ALICIA DE JESUS GUZMAN GOMEZ, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador, Distrito Capital, inserta al Nº 405, folio 409, correspondiente al año 1951, que riela a los folios siete (7) y ocho (8) de la solicitud.
Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano ELIAS DAVID FELIBERT GUZMAN, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador del Distrito Federal, inserta al Nº 589, folio 295, correspondiente al año 1957, que riela al folio nueve (9) de la solicitud.
Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano OSCAR JAIME FELIBERT GUZMAN, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, inserta al Nº 664, folios 336, correspondiente al año 1957, que riela al folio diez (10) de la solicitud.
Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano REINALDO JOSE FELIBERT GUZMAN, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Departamento Libertador del Distrito Federal, inserta al Nº 842, correspondiente al año 1959, que riela al folio once (11) de la solicitud.
Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana MARIELA COROMOTO FELIBERT GUZMAN, expedida por el Registro Principal del Distrito Capital, inserta al Nº 806, folio 22, correspondiente al año 1963, que riela a los folios doce (12) y trece (13) de la solicitud.
Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano MANUEL IGNACIO FELIBERT GUZMAN, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Departamento Libertador del Distrito Federal, inserta al Nº 345, folio 174, correspondiente al año 1953, que riela al folio catorce (14) de la solicitud.
Dichas documentales constituyen instrumentos públicos, motivo por el cual se les atribuye el valor probatorio propio de tales instrumentos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.357 y 1359 del Código Sustantivo.
Testimoniales de los ciudadanos MATILDE ISABEL ROLDAN DE BELLO y MAYRA ROSA PATIÑO MATA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.512.951 y V-17.672.728, respectivamente, insertas a los folios diecisiete (17) y dieciocho (18) de la solicitud.
Según se desprende del contenido de las testimoniales rendidas, los testigos fueron contestes sobre los particulares a que se contrae la solicitud y dieron los motivos de sus declaraciones. Es por ello, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se aprecia las declaraciones rendidas.
Del análisis de las pruebas, se evidencia correspondencia con los hechos alegados por los solicitantes, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros que interpongan mejor derecho, este Tribunal declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de-cujus ELIAS DAVID FELIBERT QUIJADA, quien falleció en fecha cinco (5) de Marzo de dos mil once (2011), a los ciudadanos MANUEL IGNACIO FELIBERT GUZMAN ALICIA GUZMAN DE FELIBERT, ELIAS DAVID FELIBERT GUZMAN, OSCAR JAIME FELIBERT GUZMAN, REINALDO JOSE FELIBERT GUZMAN y MARIELA COROMOTO FELIBERT DE NUÑEZ. ASÍ SE ESTABLECE.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de-cujus ELIAS DAVID FELIBERT QUIJADA, quien falleció en fecha cinco (5) de Marzo de dos mil once (2011), y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-61.727, a los ciudadanos MANUEL IGNACIO FELIBERT GUZMAN, ALICIA GUZMAN DE FELIBERT, ELIAS DAVID FELIBERT GUZMAN, OSCAR JAIME FELIBERT GUZMAN, REINALDO JOSE FELIBERT GUZMAN y MARIELA COROMOTO FELIBERT DE NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.561.794, V-1.712.325, V-5.091.284, V-4.121.265, V-5.096.570 y V-6.479.177, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, a los veintiocho (28) días del mes de Junio de dos mil doce (2012).
AÑOS. 202° de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. CLEOPATRA MÉNDEZ
LA SECRETARIA Acc,

DIONI SUBERO MERENTES
En la misma fecha siendo las 2:40 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia. LA SECRETARIA Acc,

CM/DSM/wa.