En horas de Despacho del día de hoy, Veintiocho (28) de Junio del año Dos Mil Doce (2012) siendo las 9:00 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en compañía de la Apoderada Judicial de la parte actora Abg. ALLERIM FALCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.606, a la siguiente dirección: lado Este del inmueble ubicado al margen de la carretera Caracas-El Junquito, cerca del Km 21 del Viejo trazado, o sea cerca del kilómetro 15 del nuevo trazado en Jurisdicción de la Parroquia El Junko, Municipio Vargas del Estado Vargas, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea recta de Diez Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (10,45 Mts) con terrenos que son o fueron de Inmobiliaria El Junko, C.A., SUR: En línea recta de Diez Metros con Noventa y Cinco Centímetros (10,95), con zona de retiro en medio y carretera que conduce de Caracas a El Junquito, ESTE: En una línea recta que mide Treinta y Dos Metros (32 Mts) aproximadamente con el lote “A”, y OESTE: En una línea de Treinta y Dos Metros (32 Mts) con el lote de mayor extensión, a los fines de practicar la PARALIZACION DE OBRA NUEVA, a que se contrae la presente comisión, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con ocasión del INTERDICTO DE OBRA NUEVA interpuesto por los ciudadanos EUGENIA SANCHEZ DE NUÑEZ y FRANCISCO JOSE NUÑEZ SANCHEZ contra el ciudadano JOSE GABRIEL MOTA FERNANDEZ, que se sustancia en el expediente Nro. 8287, nomenclatura de ese Tribunal y cuya signatura de éste comisionado es C-006/12. Se deja constancia, que acompaña al tribunal el ciudadano ANDRES PADILLA, en su carácter de Alguacil Titular de este tribunal. Se deja constancia que el Tribunal se hizo acompañar de una comisión de la Policía del Estado Vargas, conformada en éste acto por el Oficial Agregado VELÁSQUEZ JEAN FRANK, titular de la cédula de identidad N° V-13.110.529, Placa Nro. 4027 quien la preside y Oficial ACEVEDO PETTER, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.215.355, Placa Nro. 0267, a los fines de garantizar la integridad de las personas que conforman el Tribunal. Constituido el Tribunal en el sitio indicado y verificado que es el mismo a que se contrae la presente comisión, se procedió a dar el toque de ley y fuimos atendidos por el ciudadano JOSE GABRIEL MOTA FERNANDES, quien se identificó con la Cedula de Identidad Nro. E-81.436.097, en su carácter de Demandado. En este estado, el Tribunal le impuso de la misión a que se contrae la misma y dando cumplimiento a la misión conferida, hace de su conocimiento que el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, ordenó LA PARALIZACION DE LA OBRA NUEVA, que se este realizando sobre el techo, platabanda o placa del inmueble propiedad del ciudadano FRANCISCO JOSE NUÑEZ en el inmueble ubicado en el lado Este del inmueble ubicado al margen de la carretera Caracas-El Junquito, cerca del Km 21 del Viejo trazado, o sea cerca del kilómetro 15 del nuevo trazado en Jurisdicción de la Parroquia El Junko, Municipio Vargas del Estado Vargas, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea recta de Diez Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (10,45 Mts) con terrenos que son o fueron de Inmobiliaria El Junko, C.A., SUR: En línea recta de Diez Metros con Noventa y Cinco Centímetros (10,95), con zona de retiro en medio y carretera que conduce de Caracas a El Junquito, ESTE: En una línea recta que mide Treinta y Dos Metros (32 Mts) aproximadamente con el lote “A”, y OESTE: En una línea de Treinta y Dos Metros (32 Mts) con el lote de mayor extensión. Se ordena dejar copia certificada del Despacho librado por el Tribunal comitente al notificado, donde consta lo decretado por el mismo. En este estado, cumplida como ha sido la misión conferida a este tribunal ejecutor, se ordena el regreso a la sede, siendo las 2:00 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA (Fdo) Ilegible. LA APODERADA JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA (Fdo) Ilegible. EL NOTIFICADO (Fdo) Ilegible. LA COMISION DE LA POLICIA DEL
ESTADO VARGAS (Fdos) Ilegibles) EL ALGUACIL (Fdo) Ilegible. LA SECRETARIA ACC (Fdo) Ilegible.
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