JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 27 de marzo de 2012.
201º y 153º
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en acta de esta misma fecha, entre los ciudadanos: ERICA ELIZABETH RANGEL NEIRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 12.227.049, y JORGE ALBERTO MARTINEZ MONTOYA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.134.461; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación.
Exp. Nº 1204-2005
mcmc.-
Va sin enmienda.
|