REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 1 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2007-000825
ASUNTO : SP11-P-2007-000825

Visto el escrito presentado por el ciudadano FRANKLIN ORIOL ARIAS, en su carácter de Imputado, a quien se le sigue causa penal Nº SP11-P-2007-0825, mediante el cual requiere de este Tribunal se le conceda autorización para salir de la Jurisdicción del Estado Táchira, a fin de viajar a la ciudad de Cataluñas, Barcelona-España, fuera del país por un lapso de 26 días específicamente desde el 04 de abril de 2012 y retorna el 30 de Abril de 2012, Tribunal para decidir observa:
Es por lo antes expuesto y conforme al debido proceso, de igual manera se observa que el ciudadano FRANKLIN ORIOL ARIAS, que fecha 16 de abril de 2007, a realizarle la audiencia de calificación de flagrancia, se le impuso Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de la Libertad, imponiéndole las siguientes condiciones: 1.- Presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina De Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. 2.- Prohibición de agredirse de manera mutua; es por lo que en relación a lo expuesto previamente, se autoriza para que el ciudadano: FRANKLIN ORIOL ARIAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, nacido en fecha 18 de agosto de 1.986, hijo de José Yesis Chinchilla (f) y de Carmen Judith Arias (v), titular de la cédula de identidad V16.959.915, soltero, de profesión u oficio Vigilante Privado, residenciado en el Barrio Santa Bárbara, calle 2, al lado del Deposito de la Empresa Polar. Rubio, Estado Táchira, a salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo presentarse ante esté Tribunal en fecha 02 de mayo de 2012 y así se declara.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO DOS ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: AUTORIZA Al ciudadano FRANKLIN ORIOL ARIAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, nacido en fecha 18 de agosto de 1.986, hijo de José Yesis Chinchilla (f) y de Carmen Judith Arias (v), titular de la cédula de identidad V16.959.915, soltero, de profesión u oficio Vigilante Privado, residenciado en el Barrio Santa Bárbara, calle 2, al lado del Deposito de la Empresa Polar. Rubio, Estado Táchira, a salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, entre el periodo del 04 de Abril de 2012 y el 30 de Abril de 2012, debiendo presentarse ante esté Tribunal en fecha 02 de mayo de 2012, debiendo seguir cumpliendo cabalmente las condiciones impuestas por este el Tribunal. Levántese acta de compromiso. Notifíquese, a las partes y a alguacilazgo a fin del tomar nota en el libro de presentaciones. Cúmplase lo ordenado.-

LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN


EL SECRETARIO
ABG. DILY MARIE GARCIA ROJAS