REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 06 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-006633
ASUNTO : 2E-2538-2012

ABSOLUTOIRIA


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado ELYXANDER ARGENIS LOPEZ ARTEAGA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltero, natural de La Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 03/04/1987, de 24 años de edad, hijo de Pedro López (v) y Zaida Arteaga (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.483.101, residenciado en 10 de Marzo, Alcabala 10, parte alta, calle Sucre, casa s/n, cerca de la Bodega Huracán, estado Vargas, teléfono 0414-3115361, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de Tráfico en la Modalidad de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley de Droga.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 44 al 48 de la Tercera pieza, sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 09 de febrero de 2012, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado ELYXANDER ARGENIS LOPEZ ARTEAGA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltero, natural de La Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 03/04/1987, de 24 años de edad, hijo de Pedro López (v) y Zaida Arteaga (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.483.101, residenciado en 10 de Marzo, Alcabala 10, parte alta, calle Sucre, casa s/n, cerca de la Bodega Huracán, estado Vargas, teléfono 0414-3115361, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del penado ELYXANDER ARGENIS LOPEZ ARTEAGA quien dijo ser de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.483.101 y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado ELYXANDER ARGENIS LOPEZ ARTEAGA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltero, natural de La Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 03/04/1987, de 24 años de edad, hijo de Pedro López (v) y Zaida Arteaga (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.483.101, residenciado en 10 de Marzo, Alcabala 10, parte alta, calle Sucre, casa s/n, cerca de la Bodega Huracán, estado Vargas, teléfono 0414-3115361, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 09/02/2012, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de Tráfico en la Modalidad de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley de Droga.
Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado ELYXANDER ARGENIS LOPEZ ARTEAGA quien dijo ser de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.483.101.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,


ABG. KARIN MENDEZ MUJICA





ASUNTO: WP01-P-2010-006633