REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
201º y 153º
EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2011-000616.
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE VENEGAS AQUINO, titular de la cédula de identidad nro: V- 8.551.756.
APODERADO DEL ACTOR: ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ, CARMEN ESCALANTE, ADRIANA RODRIGUEZ, JEAN CARLOS SAYAGO, RICHARD HERNANDEZ Y BENAVIDES RENZO DE IPSA N°: 97.951, 69.554, 97.951, 111.036, 98.326 Y 48.448.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil Multiservicios el Roi, C.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: GLORIA DIAZ y MANUEL GRAZIA, de IPSA Nro: 71.668 Y 59.580.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, martes 13 de Enero de 2012, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30am), fecha y hora fijada para la prolongación a la Audiencia Preliminar por este Tribunal, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil, se deja constancia de la presencia del trabajador y de los abogados de ambas partes en este proceso; la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 129 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fué expuso: propongo a la parte actora que reciba la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.14.000,00), ya que el trabajador había recibido adelantos y los cuales les serán cancelados en tres pagos: que se efectuarán de la siguiente manera: EL PRIMER pago por Bs.4.000,00 se le cancelará en la fecha: 30-03-2012, eL SEGUNDO pago por Bs.5.000,00 para el 30-04-2012, más eL TERCER y último pago de Bs.5.000,00 para el 31-05-2012. En ese momento se instó a la parte demandante a considerar la cantidad ofertada, para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago de lo peticionado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la parte actora manifiesta que si ha recibido adelantos y acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con dicho monto del cual no restaría nada a deber por dichos conceptos reclamados en ésta demanda; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta, se hace entrega en este acto de las pruebas y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en autos su último pago efectivo ante éste tribunal. Es todo, termino se leyó y conformes firman:
Dra. YALENA MORA
LA JUEZ.
PARTE ACTORA.
PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARIA
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Exp-SP01-L-2011-616
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