REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 18 de mayo de 2011
Años 201° y 152°
Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de conocer de la Inhibición planteada por el Dr. CARLOS ORTIZ, en su condición de Juez del mencionado Tribunal, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la Sociedad Mercantil ROAMAR ASISTENCIA TECNICA, C.A., contra el CENTRO “COMERCIAL EMPRESARIAL PUERTA DEL SOL”, que se sustancia en el expediente distinguido con el Nº 12078 de la nomenclatura de ese Juzgado, désele entrada y anótese en los Libros respectivos. Se deja constancia que la decisión será dictada dentro de los TRES (3) días de despacho siguientes a la presente fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA SUPERIOR


DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA


MARYSABEL BOCARANDA

MCMO/MB/Christian
Exp. Nº 2289.-