REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 02 de Mayo de 2012
202º y 153º
Visto el RECURSO DE HECHO, interpuesto por el abogado CARLOS ALBERTO CALANCHE BOGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 105.148, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos BECHIR KELLE CAIAL y WILLIAM MAKKOUKDJI KASSAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.902.227 y 7.999.922, contra la negativa de oír la apelación interpuesta contra la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial; este Juzgado Superior lo da por introducido y en consecuencia, fija el QUINTO (5º) día de despacho siguiente a la presente fecha, para decidir el presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA SUPERIOR
Dra. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA
En esta misma fecha y como esta ordenado se le dio entrada quedando anotado bajo el Nº 2278.-
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA
MCMO/MB/lmm
Exp. Nº 2278.-