REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 21 de Mayo de 2012
Año 200º y 152º


Por recibido el presente asunto procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, contentivo de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana MARIA JOSEFINA CARDENAS, contra los presuntos agraviantes MARCOS MARCANO y AUSEBIO SUAREZ el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la ciudadana MARIA JOSEFINA CARDENAS, contra la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 02 de Mayo del 2012, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los Libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se reserva el lapso de Treinta (30) días calendarios siguientes para decidir, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Cúmplase.
LA JUEZA SUPERIOR



DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA



ABG. MARYSABEL BOCARANDA



EXPEDIENTE: 2292
AMPARO CONSTITUCIONAL