Siendo las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) del día de hoy jueves, treinta y uno (31) de mayo de dos mil doce (2012), hora y día fijado en el auto inmediatamente anterior, se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en un inmueble (casa) ubicado en la carrera 14, número 9-34, Barrio Las Delicias de la población de La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, inmueble que sirve de habitación al adolescente HOFFMAN OTTO FALKENMAYER y la niña YRENE DEL CARMEN DUARTE DUQUE, junto a su padre el ciudadano OTTO DANIEL DUARTE ZAMBRANO, parte actora en la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Comisión de Inventario Judicial de Bienes dejados por la causante GLADYS TERESA DUQUE de DUARTE, quien en vida era titular de la cédula de identidad número V-10.850.992, inventario judicial ordenado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Expediente número 6636. El inmueble fue indicado por la parte actora ciudadano OTTO DANIEL DUARTE ZAMBRANO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.728.816, quien actúa en nombre y representación del adolescente HOFFMAN OTTO FALKENMAYER y la niña YRENE DEL CARMEN DUARTE DUQUE, debidamente asistido en este acto por la abogada CARMEN BEATRIZ CAMPOS ALVAREZ, titular de la cédula de identidad número V-11.301.144, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 63.706. Presente en este acto las testigos ciudadana MARIA DILIA PAREDES GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.761.683 y la ciudadana ELIZABETH LAGUADO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.721.758. Seguidamente el Tribunal le otorgo el derecho de palabra al ciudadano OTTO DANIEL DUARTE ZAMBRANO, quien actúa con el carácter de autos, debidamente asistido en este acto por la abogada CARMEN BEATRIZ CAMPOS ALVAREZ, ambos plenamente identificados en la presente acta quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Juzgado proceda a dar cumplimiento estricto a la presente Comisión conferida por el Juzgado de la causa, en consecuencia, se proceda a continuar con el inventario judicial de los bienes dejados por la causante GLADYS TERESA DUQUE de DUARTE. Es todo.” Este Juzgado dando cumplimiento estricto a la presente comisión procede a continuar con el presente inventariar de bienes ordenado por el Juzgado comitente de la siguiente manera: INMUEBLES: 1.- Un lote de mejoras consistentes en pastos artificiales ubicadas en la carrera 14, número 9-34, Barrio Las Delicias, La Fría Municipio García de Hevia del Estado Táchira, actualmente existe una construcción de mejoras conformadas por una media agua construida en pisos de cemento rustico, techo de zinc con estructura de hierro, igualmente existe una columna en cemento que sirve de soporte para un tanque aéreo de plástico que sirve para almacenar agua. Dicho inmueble le pertenece a la causante ciudadana GLADYS TERESA DUQUE de DUARTE, conforme consta de autos. 2.- Una casa para habitación ubicada en el sitio en donde se encuentra constituido este tribunal, compuesta por tres habitaciones, comedor, cocina, sala, porche con techo de platabanda, dos salas sanitarias, una privada y una pública, un garaje para vehículo, área de servicio, patio trasero, pintura en regular estado, instalaciones eléctricas internas, techo de acerolit con estructura de hierro, en su interior presenta cielo raso, posee adornos en yeso estilo romano, en la puerta del comedor y cocina, las habitaciones principales poseen puertas en madera y closet en madera, la puerta de la habitación auxiliar es en hierro, las puertas traseras y la principal en hierro, portón del garaje y rejas externas en tubo de hierro, pisos en cerámica en su totalidad en la parte interna y área de servicio, y en la parte externa, garaje y patio trasero, pisos de cemento rustico, pintura y mantenimiento en regular estado. Dicho inmueble le pertenece a la causante GLADYS TERESA DUQUE de DUARTE, conforme consta en autos. MUEBLES: 1.- Un computador portátil marca DELL INSPIRON 1420, color azul y plata, serial 18946862209, con su respectivo cargador de pared, se encuentra en buen estado. 2.- Una Nevera marca Genaral Electric, color blanco, de doce pies de dos puertas, serial 7704712005393010303, numero de serie 0109053531, modelo TBT132NBRWW0, serial del motor CBZN14L7G, se encuentra dañada. 3.- Una nevera color gris, marca General Electric, de dos puertas, de 23,7 pies, serial GLM23REWAGSRRY21196, serial del motor DC57C84RCU685056D, modelo GLM23REWGS, se encuentra en uso. 4.- Un televisor color plata con control, marca LG, modelo 21FX4RB, serial 511RMWV183425 (4732), de 21 pulgadas, se encuentra en buen estado. 5.- Un televisor con control marca Philips, color gris, serial 20PT328A/55RHC073735, de 21 pulgadas, el mismo se encuentra dañado. 6.- Un televisor a color, marca Gold Star cine master auto VOLT, color negro con control, modelo CN-20BR0, serial 701MX5245, de 21 pulgadas, el mismo se encuentra en uso. 7.- Un televisor LCD a color marca Sony, con control, de 37 pulgadas, modelo KDL-37L4000, serial número 4601735, el mismo se encuentra dañado. 8.- Un equipo de sonido marca Sony, con control color plata y negro, dos cornetas y un bajo, modelo número 8204531, cornetas seriales número 4547161-4547162, modelo SS-EC77, bajo modelo CA-WG99, serial 8106142, el mismo se encuentra en uso. 9.- Un equipo de sonido marca AIWA, color plata y negro, de dos cornetas, modelo CX-NT9LH, serial 512PM9A70332, cornetas modelo SX-WNT9YL, lote E0924, el mismo se encuentra en uso. 10.- Una cocina a gas marca Mabe, color gris, con horno eléctrico y horno a gas, con cinco quemadores, tapa de vidrio, modelo EM806DX, serial 0802L259847, la misma se encuentra en uso. 11.- Un aire acondicionado marca LG, modelo HBLG2504E, serial 401KAYR01522, tipo ventana, el mismo se encuentra dañado. 12.- Un aire acondicionado marca LG, tipo ventana, modelo W182CM, serial 904TAAC00904, el mismo se encuentra en uso. 13.- Una lavadora Genarl electric automática color blanca, modelo WCXR1070TAWW, serial FV147223G, la misma se encuentra dañada. 14.- Un juego de comedor de seis puestos, con base de mármol y pedestal de vidrio, con seis sillas en madera, tapizado en color beige con estampado de flores, el mismo se encuentra en buen estado. 15.- Un ceibo en MDF y lamina de madera, color caoba, compuestos por tres modulares, uno principal con dos puertas en madera, dos en vidrio, dos gavetas y cuatro entrepaños, los dos laterales cada uno con tres entrepaños, una puerta curva en madera cada uno y uno de ellos además con una puerta en vidrio curva, el mismo se encuentra en buen estado. 16.- Un cabezal de cama individual en madera y lámina color caoba, en forma de arco, con nueve entrepaños o repisas, en buen estado. 17.- Un mini bar en madera, color caoba, con su respectivo portacopas en su parte superior, con barra, dos columnas y un entrepaño de madera, de aproximadamente dos metros de alto, todo en forma de L, en buen estado. 18.- Un juego de muebles de recibo, compuesto por dos poltronas individuales y una de tres puestos, tapizada en tela estampada de flores, con su respectiva mesa de centro en madera, se encuentra en buen estado. 19.- Un juego de cuarto matrimonial en madera color caoba, con peinadora, espejo y gavetas, en regular estado. 20.- Una cama individual para niña, color blanco con rosado, con dibujo de Miny, en regular estado. 21.- Un multimueble en madera color caoba, compuesta por seis entrepaños y dos gavetas, en buen estado. 22.- Una cama matrimonial 2X2, en madera color caoba, con dos mesas de noche en madera, de tres gavetas cada una, con peinadora, espejo, dos gavetas y cuatro puertas, buen estado. 23.- Un DVD marca LG, color gris, serial 611SHUU178716, en uso. Es todo. No siendo otro el objeto del tribunal, se declara cumplida la presente comisión, se le dio lectura al acta y conforme se firma. El Juzgado regreso a su sede siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.)
EL JUEZ EJECUTOR TITULAR
ABG. RAFAEL M, NIETO R
PARTE ACTORA ABOGADA ASISTENTE
TESTIGO TESTIGO
SECRETARIA DEL TRIBUNAL
Abg. TRINEIMA PADILLA CONTRERAS
Comisión: 1553-2012
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