REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 25 de mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2010-000094
ASUNTO : WP01-D-2010-000094

CESACION DE SANCION por TOTAL CUMPLIMIENTO

Recibido en este Despacho Judicial el 23/05/2012 escrito del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, relacionado con el joven IDENTIDAD OMITIDA, solicitando el cese de todas las medidas impuestas por total cumplimiento en lapso dispuesto. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:

En primer término se observa de la causa al folio 59 y siguientes Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes de fecha 11/10/2010, en la cual declaró responsable penalmente al joven en referencia por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE y lo condenó a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por Un (1) AÑO. Asimismo se observa que este Tribunal Primero de Ejecución en data 14/12/2010 dicta Auto de Ejecución, fue diferida hasta que el 15/03/2011 fue impuesto de la Ejecución de esta Sentencia.
En la fase de ejecución fue elaborado el Plan Individual con estrategias a corto y mediano plazo, en Abril 2011 consigna constancia de trabajo y el 23/05/2012 se recibe Oficio del Centro de Orientación donde refieren entre otras cosas que el joven IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido a cabalidad con sus presentaciones, se ha mantenido laborando en diversas actividades albañilería almacenista en mantenimiento en el Aeropuerto, el joven tiene esposa e hijo de 1 año de edad y ha participado en talleres mostrando una actitud de respeto..

Siendo esto así, concluye esta Decisora que el joven IDENTIDAD OMITIDA efectivamente ha cumplido a cabalidad con la Ejecución de la sanción dispuesta de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Un (1) Año, contado desde 15/03/2011 que se impuso y de acuerdo al informe de la encargada del seguimiento siempre atendió el llamado a las citas de orientación conjuntamente con sus presentaciones, se ha mantenido laborando consignando constancias al efecto, participó en talleres y ya tiene esposa e hijo, con ello considera este Órgano Judicial que se logró el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. En consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven en referencia y adicionalmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido cabalmente Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Un (1) Año, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a Polivargas para que lo excluyan de Pantalla Policial de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY RAMOS PEREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ANNEILY RAMOS PEREZ