REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 11 de Mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WL01-P-2005-000147
ASUNTO : WL01-P-2005-000147

Compete a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO BENITEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-17.711.764, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito del de Homicidio Calificado Con Alevosía En Grado de Complicidad Correspectiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 405 en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal, vigente para la época del hecho.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 121 al 129, sentencia publicada por el Tribunal Unipersonal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 15 de Marzo de 2012, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano CARLOS ALBERTO BENITEZ RODRIGUEZ, de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de Homicidio Calificado Con Alevosía En Grado de Complicidad Correspectiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 405 en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del imputado en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 07 de mayo de 2012.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA.

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano CARLOS ALBERTO BENITEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.711.764, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de Homicidio Calificado Con Alevosía En Grado de Complicidad Correspectiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 405 en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal, vigente para la época del hecho, en virtud de haber dictado el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 15 de Marzo de 2012.

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano CARLOS ALBERTO BENITEZ RODRIGUEZ.

EL JUEZ DE EJECUCION,

DR. JESUS ERNESTO DURAN RAGA.-
LA SECRETARIA,

ABG. YUMAIRA REQUENA.-