JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, catorce de noviembre de dos mil doce.
202º y 153º
De las actas procesales que conforman el presente expediente N° 7856, se evidencia que se trata de un juicio RECONOCIMIENTO DE FIRMA, interpuesto por JOSE VIRGILIO PORRAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.795.836, asistido por el abogado Joselito Molina Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.760, contra TELMO JOSE LOPEZ CONTRERAS y ANA YSABEL URBINA DE LOPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.099.679 y V-9.190.659, en su orden; y vista la diligencia de fecha 31-10-2012, suscrita por la parte demandada, donde se reconocen documento en todas y cada una de sus partes (fs. 13).
El convenimiento, es una declaración emanada del demandado, en virtud de la cual manifiesta estar total o parcialmente de acuerdo con los hechos señalados por el actor en su libelo y a su vez, acepta en forma integral las consecuencias de la reclamación formulada; es un acto netamente procesal. El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, expresa que:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por los codemandados TELMO JOSE LOPEZ CONTRERAS Y ANA YSABEL URBINA DE LOPEZ, asistidos por el abogado Jackson Maldonado Paredes, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilú
|