En el día de hoy lunes veintiséis (26) de Noviembre de Dos mil Doce (2.012), siendo las 11:14 AM, tal como fue acordado en el auto anterior de fecha 20/11/2012, se traslado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria, Abogada. Saida Yamilka Prada Chacon, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano; y se constituyo en un inmueble sin número, ubicado entre el inmueble singado con el Nº 5-37 en su lado izquierdo y al lado derecho un inmueble constituido por un garaje, en la carrera 7, entre calles 5 y 6, frente a la Plaza Sucre, de ésta Ciudad de Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de ejecutar el Mandamiento de Ejecución de fecha 12 noviembre de 2.012, librado n el expediente N° 1788-12, procedente del TRIBUNAL DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, por juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoado por el Ciudadano: FRANCO GERARDO ROSETTI CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.090.654, de éste domicilio, en su condición de apoderado de la ciudadana: BETTY DE JESUS CONTRERAS DE ROSETTI, titular de la Cédula de Identidad Nº V-188.259, por medio de su Apoderado Judicial, Abogado: NEPTALY ESCALANTE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.203.164, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.504, contra la Ciudadana: MARTHA JUDDITH HERNANDEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.359.523, domiciliad en San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, hábil civilmente, a entregar a la parte demandante, supra citada, totalmente desocupado de personas y cosas, el inmueble ubicado en la carrera 7, entre calles 5 y 6, signado con el núnero castatral 5-45, de ésta Ciudad de Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son: Adjudicación Octava. SUR: con inmueble propiedad que es o fue de Pablo Hernández y con corrección de lindero según documento inscrito en el Registro Publico del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 426.20009.3.83, de fecha 08 de julio de 2009, inscrito bajo el Nº 25, folio 99, Tomo 10, del Protocolo de inscripción de fecha 09 de julio de 2009, Este u Oriente: con el parque Sucre de por medio la carrera 7; Oeste u Occidente: con propiedades que son o fueron de Julia Anselmo y Porfirio Arellano, según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, bajo el Nº 87, Tomo I, Protocolo Primero de fecha 17 de septiembre de 1.968. Constituido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, en el referido Local Comercial, junto con los funcionarios policiales, ciudadanos: WUILIAM ZAMBRANO, en su carácter de
Oficiales, con placas Nº 3552 y JESUS ARELLANO, placa Nº 4316, en su orden, adscritos al Centro de Coordinación Policial Centro-Norte, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Se encuentra presente en el citado inmueble, el Abogado, ciudadano: JESUS NEPTALI ESCALANTE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.203.164, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.504, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte ejecutante. Presente en el referido local comercial la Ciudadana: MARTHA JUDDITH HERNANDEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.359.523, de profesión u oficio comerciante, a quien este Tribunal Ejecutor de Medidas, la notifico de la misión y objeto a cumplir en este sitio y de la medida de desalojo sobre éste local comercial, quien expuso: “Quedo notificada de la misión y objeto que va ejecutar este Tribunal Ejecutor de Medidas; y de la medida de desalojo a ejecutarse en este inmueble y procederé voluntariamente a retirar la mercancías que se encuentra dentro de éste local en su totalidad y lo entregare totalmente libre de personas y cosas”. Acto seguido el Abogado, ciudadano: JESUS NEPTALI ESCALANTE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.203.164, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.504, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Ejecutante, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue por este Tribunal, expuso: “A fin de dar cumplimiento con la medida de desalojo de éste local, ordenado por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y por cuanto la notificada, ciudadana: MARTHA JUDDITH HERNANDEZ DURAN, ya identificada, hizo entrega del local comercial en mención totalmente desocupado de personas y cosas, solicito respetuosamente a este Juzgado Ejecutor de Medidas, proceda a entregármelo en el estado en que se encuentra. Es todo”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado por el apoderado actor, supra identificado, procede hacer formal entrega de éste local donde esta constituido este Tribunal, al Abogado: JESUS NEPTALI ESCALANTE, supra identificado, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, libre de persona y cosas y en el estado en que se encuentra. No siendo otro el objeto este Tribunal, declara concluido el acto, declara cumplida la medida de Desalojo, ordenado por el Tribunal de la causa, se acuerda dejar copia fotostática de las presentes actuaciones para el archivo de este Tribunal, igualmente se deja constancia que el traslado de este Tribunal Ejecutor de Medidas, no género ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación y acuerda retornar a su sede a las 11:45 AM, se deja constancia que la dirección donde se constituyo este Tribunal a la ejecución de la medida de desalojo, fue señalada por el apoderado judicial de la parte demandante, supra identificado. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
LA NOTIFICADA DEMANDADA
MARTHA JUDDITH HERNANDEZ DURAN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTANTE
JESUS NEPTALI ESCALANTE
FUNCIONARIOS POLICIALES:
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SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO Z.
Mandamiento Ejecución N° 904/2012
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