REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia en Función de Control
San Cristóbal, 19 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2011-003537
ASUNTO : SP21-P-2011-003537


Celebrada en el día de hoy, la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, en las actuaciones signadas en la nomenclatura de este Tribunal bajo el número SP21-P-2011-3537, seguida por la Fiscalía Treinta y Uno del Ministerio Público, en contra de los acusados RAMÓN DE JESÚS ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural del Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 19-04-1991, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.280, soltero, profesión o oficio barquillero, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, 0424-1170344, JESÚS JAVIER ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, nacido en fecha 29-05-1987, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.262, soltero, oficio ayudante de carga, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, 0416-7720057, DEIVIS YOFRAN PÉREZ RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de San Simon, Estado Táchira, nacido en fecha 17-11-1992, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 21.440.310, soltero, oficio agricultor, hijo de Alejandro Pérez (v) y de Ana Felicia Ramírez (v), con residencia en caserío san Simon, sector angostura, a diez metros de la iglesia, Municipio Simon Rodríguez, Estado Táchira, 0412-3194178 y JOSÉ ALEJANDRO ZAMBRANO, de nacionalidad Venezolano, natural de Pueblo Hondo, Estado Táchira, nacido en fecha 15-10-1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 18.018.313, soltero, profesión o oficio chofer, hijo de Sandra Zambrano (v) y de José Arellano (f), con residencia en caserío Pueblo Hondo, sector el Palmar, calle principal, a diez metros de la despulpadora de frutas, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, 0426-6776576, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, éste Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera:

DE LOS HECHOS

Según Acta Policial, de fecha 21 de Abril de 2011, suscrita por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Táchira, en la cual dejan constancia de la siguiente diligencia policial: “Encontrándome de servicio en el Núcleo Policial de Pueblo Hondo, aproximadamente a las 12.30 horas de la noche del día 21-04-2011, se presento un ciudadano quien se identifico como ROJAS CARRERA DOMINGO HUMBERTO, manifestando que un grupo de sujetos intentaban agredirlo físicamente, igualmente intentaron arrollarlo con una moto, en vista de la situación que se estaba presentando, se le brindo seguridad a este ciudadano y se dialogo con varias personas que se encontraban aglomeradas al frente del comando todos bajos los efectos del alcohol, para que los mismos se retirara frente del núcleo policial pero estas personas arremetieron contra nosotros faltándonos el respeto y agrediéndonos verbalmente con palabras obscenas al momento que nos disponíamos a cerrar la reja de seguridad, estas personas arremetieron contra las instalaciones dándole golpes a la reja y ventanas del núcleo policial, su intención era meterse a la parte interna para agredir al ciudadano que teníamos bajo resguardo en vista de la situación se procedió a llamar a la Estación Policial de la Grita, puesto que la situación se estaba saliendo de control y estas personas estaban bastante violentas gritando vulgaridades y acelerando motos, al llegar el refuerzo de la grita…se procedió a rodear la plaza Bolívar de Pueblo Hondo donde se encontraban estas personas que intentaban meterse al núcleo policial, logrando la captura de cuatro ya que los demás se dieron a la fuga en varias motos que tenían, los ciudadanos detenidos quedaron identificados como: 1.- ZAMBRANO RAMIREZ RAMON DE JESUS, 2.-DEIVIS YOFRAN PEREZ RAMIREZ, 3.-ZAMBRANO RAMIREZ JESUS JAVIER y JOSE ALEJANDRO ZAMBRANO…..”.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN

Celebrada la Audiencia en cumplimiento del derecho al debido proceso, respetadas las garantías constitucionales de intervención, asistencia y representación del acusado, éste Tribunal, observa que en fecha 16 de septiembre de 2011, se celebró Audiencia de Verificación de Condiciones en la Suspensión Condicional del Proceso, donde se verifico que los ciudadanos RAMÓN DE JESÚS ZAMBRANO RAMÍREZ, JESÚS JAVIER ZAMBRANO RAMÍREZ, DEIVIS YOFRAN PÉREZ RAMÍREZ Y JOSÉ ALEJANDRO ZAMBRANO ha condiciones impuestas, por el lapso de UN (01) AÑO, imponiéndole como condición las obligaciones de:
1) Presentarse una vez cada treinta (30) días por ante el Tribunal por intermedio de la Oficina de Alguacilazgo, 2) Obligación de notificar cualquier cambio de residencia y 3) No incurrir en nuevos hechos de esta naturaleza. Cumplidas las condiciones lo cual se desprende de lo manifestado por el acusado, así como del Record de Presentaciones y las constancias emitidas y habiendo transcurrido el tiempo establecido en la Audiencia celebrada en fecha 16 de septiembre de 2011, es por lo que éste Juzgador EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de los acusados RAMÓN DE JESÚS ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural del Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 19-04-1991, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.280, soltero, profesión o oficio barquillero, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, 0424-1170344, JESÚS JAVIER ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, nacido en fecha 29-05-1987, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.262, soltero, oficio ayudante de carga, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, 0416-7720057, DEIVIS YOFRAN PÉREZ RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de San Simon, Estado Táchira, nacido en fecha 17-11-1992, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 21.440.310, soltero, oficio agricultor, hijo de Alejandro Pérez (v) y de Ana Felicia Ramírez (v), con residencia en caserío san Simon, sector angostura, a diez metros de la iglesia, Municipio Simon Rodríguez, Estado Táchira, 0412-3194178 y JOSÉ ALEJANDRO ZAMBRANO, de nacionalidad Venezolano, natural de Pueblo Hondo, Estado Táchira, nacido en fecha 15-10-1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 18.018.313, soltero, profesión o oficio chofer, hijo de Sandra Zambrano (v) y de José Arellano (f), con residencia en caserío Pueblo Hondo, sector el Palmar, calle principal, a diez metros de la despulpadora de frutas, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, 0426-6776576, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Cesando así las condiciones bajo las cuales se le otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

DISPOSITIVO

Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Número Diez del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal. SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de los acusados RAMÓN DE JESÚS ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural del Vigía, estado Mérida, nacido en fecha 29-04-1991, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.280, soltero, profesión o oficio barquillero, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, estado Táchira, 0414-2664125; JESÚS JAVIER ZAMBRANO RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara, estado Zulia, nacido en fecha 29-05-1987, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 19.339.262, soltero, oficio ayudante de carga, hijo de Luis Zambrano (v) y de Zara Ramírez (v), con residencia en Ventorrillo, caserío pueblo hondo, parroquia Emilio Constantino guerrero, al frente de la escuela estadal unitaria N° 579, Municipio Jáuregui, estado Táchira, 0426-7293542; DEIVIS YOFRAN PÉREZ RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de San Simon, estado Táchira, nacido en fecha 17-11-1992, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 21.440.310, soltero, oficio agricultor, hijo de Alejandro Pérez (v) y de Ana Felicia Ramírez (v), con residencia en caserío san Simon, sector angostura, a diez metros de la iglesia, Municipio Simon Rodríguez, estado Táchira, Teléfono 0424-2769346 y JOSÉ ALEJANDRO ZAMBRANO, de nacionalidad Venezolano, natural de Grita, estado Táchira, nacido en fecha 15-10-1987, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 18.018.313, soltero, profesión o oficio chofer, hijo de Sandra Zambrano (v) y de José Arellano (f), con residencia en caserío Pueblo Hondo, sector el Palmar, calle principal, a diez metros de la despulpadora de frutas, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, 0424-4641835, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Cesando así las condiciones bajo las cuales se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, déjese copia, a los fines de ser archivada en el copiador de decisiones llevado en el Tribunal.



ABG. JOSÉ MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ DÉCIMO DE CONTROL

ABG. CRISTINA MUÑOZ
SECRETARIA
SP21-P-2011-003537