REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS.
San Cristobal, 21 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-008334
ASUNTO : SP21-P-2012-008334
Vista como ha sido la solicitud presentada por el Abogado WILMER OSMAN URDANETA NIÑO en fecha 19 de noviembre de 2012 y recibida por este Tribunal en fecha 20 de noviembre de 2012, actuando en su condición de Defensor Privado del Ciudadano MAICOL ALEJANDRO COLMENARES a quien se le sigue causa penal N° SP21-P-2011-008334, en el cual solicita se autorice traslado al Ciudadano Acusado MAICOL ALEJANDRO COLMENARES al Hospital Central de la ciudad de San Cristóbal a fin de que el mismo sea evaluado mediante consulta externa por médico de Torax DR Carlos Terán, en virtud de habérsele practicado cirugia abierta de torax, presentando, según el defensor dolores pulmonares intensos, solicitud que consta agregada en el expediente de autos; este Tribunal debe considerar que, siendo el derecho a la salud una mandato fundamental, sobre la cual se estatuye la propia configuración del Estado Venezolano, como garante de los derechos individuales, sociales y colectivos, en los términos previstos en nuestra norma constitucional, específicamente en su artículo 82; así como que la titularidad de tal derecho esta dirigida a todas las personas en igualdad de condiciones, y siendo que el acusado requiere atención médica especializada en una institución pública, de lo cual consta informe de fecha 22 de noviembre de 2012, suscrito por el Médico Carlos Terán, titular de la Cédula de Identidad número V-3.835.414, que corre inserto en expediente de autos y sobre el cual el referido profesional de la medicina, recomendó valoración respectiva; es por lo que, quien aquí tiene la responsabilidad de juzgar, autoriza el traslado del acusado MAICOL ALEJANDRO COLMENARES a los fines de que se realice consulta externa por médico de Tórax DR Carlos Terán en el Hospital Central de la Ciudad de San Cristóbal, y en consecuencia ordena al Director del Centro Penitenciario de Occidente ubicado en la Ciudad de Santa Ana en el Municipio Córdoba del Estado Táchira se sirva materializar dicho traslado de manera inmediata, bajo estrictas medidas de seguridad, en un lapso de dos días hábiles durante lo días 22 y 23 de noviembre de 2012, y así se decide.
Ofíciese a la Jefatura de Servicios del hospital Central a los fines de que informe sobre la valoración realizada al acusado de autos, líbrese la respectiva boleta de traslado.
ABG. DIEGO FERNANDO MOLINA RONDON
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO
ABG. NAIRETH KARINA CARDENAS
SECRETARIA
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