REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
SOLICITANTE: MARIA EUGENIA ALVARADO CORONADO, JOSE RAFAEL ALVARADO CORONADO, LISET DEL VALLE ALVARADO CORONADO y NELSON RAFAEL ALVARADO CORONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.583.747, V-6.888.908, V-10.583.739 y V-6.481.006 respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: LAURA R. COLABERARDINO R, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.113.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD Nro. 2619.
Se inician las presentes actuaciones mediante escrito presentado por los ciudadanos MARIA EUGENIA ALVARADO CORONADO, JOSE RAFAEL ALVARADO CORONADO, LISET DEL VALLE ALVARADO CORONADO, NELSON RAFAEL ALVARADO CORONADO y RICARDO ANTONIO ALVARADO CORONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.583.747, V-6.888.908, V-10.583.739,V-6.481.006 y V-10.583.771, respectivamente, asistidos por la abogada LAURA R. COLABERARDINO R, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.113, mediante el cual solicitan se les declare, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del De-cujus GUADALUPE ALVARADO, quien falleció en fecha 14 de Mayo de 2012, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.458.034, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 19 de Septiembre de 2012, fue admitida la presente solicitud. En fecha 30 de Octubre de 2012, previo abocamiento de la Jueza Milagros A. Zapata Ramírez, los ciudadanos ANNY BEATRIZ HERNANDEZ PARADA y ELVIS JOHN HENRIQUEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.572.294 y V-11.644.089, respectivamente, en calidad de testigos rindieron sus declaraciones.
Siendo esta la oportunidad para resolver, este Tribunal encuentra:
Revisadas las actas procesales, observa el Tribunal que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
Copia Certificada Rectificada del Acta de Defunción del De-cujus GUADALUPE ALVARADO, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas, Estado Vargas, anotada bajo el N° 154, Folio 154, correspondiente al año 2012, la cual riela a los folios quince (15) y dieciséis (16), de la solicitud.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano NELSON RAFAEL ALVARADO CORONADO, expedida por Prefectura del Municipio Vargas, Jefatura Civil de La Guaira, anotada bajo el N° 1.585, Folio 299, correspondiente al año 1964, la cual riela al folio ocho (8), de la solicitud.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana LISET DEL VALLE ALVARADO CORONADO, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, anotada bajo el N° 312, Folio 156 vuelto, correspondiente al año 1971, la cual riela al folio nueve (9), de la solicitud.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano JOSE RAFAEL ALVARADO CORONADO, expedida por la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil, Tercer Circuito de Registro Civil, Alcaldía del Municipio Vargas, Estado Vargas, anotada bajo el N° 975, Folio 491 vuelto, correspondiente al año 1966, la cual riela al folio diez (10), de la solicitud.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA EUGENIA ALVARADO CORONADO, expedida por la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil, Parroquia Maiquetía, Alcaldía del Municipio Vargas, Estado Vargas, anotada bajo el N° 268, Folio 174, correspondiente al año 1969, la cual riela al folio once (11), de la solicitud.
Copia Certificada de la sentencia de Divorcio, de los ciudadanos DILIA CORONADO y GUADALUPE ALVARADO expedida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas del Distrito Federal, la cual riela del folio diecisiete (17), al diecinueve (19).
Copia Certificada del Acta de Defunción de la ciudadana DILIA CORONADO, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Oficina de Registro Civil, Municipio Libertador, Estado Aragua, anotada bajo el N° 186, Folio 186, correspondiente al año 1997, la cual riela al folio veinte (20), de la solicitud.
Copia fotostática del Acta de Nacimiento del ciudadano RICARDO ANTONIO ALVARADO CORONADO, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, anotada bajo el N° 1391, Folio 197 (vuelto), correspondiente al año 1967, la cual riela al folio veintiuno (21), de la solicitud.
Dichas documentales constituyen instrumentos públicos, motivo por el cual se les atribuye el valor probatorio propio de tales instrumentos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.357 y 1359 del Código Sustantivo.
Testimoniales de los ciudadanos ANNY BEATRIZ HERNANDEZ PARADA y ELVIS JOHN HENRIQUEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.572.294 y V-11.644.089, respectivamente, insertas a los folios veinticinco (25) y veintiséis (26) de la presente solicitud.
Según se desprende de contenido de las testimoniales rendidas, los testigos fueron contestes sobre los particulares a que se contrae la solicitud y dieron los motivos de sus declaraciones. Es por ello, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se aprecia las declaraciones rendidas.
Del análisis de la documentación promovida y de las declaraciones rendidas por los testigos, se evidencia correspondencia con los hechos alegados por los solicitantes, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros que interpongan mejor derecho, este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del De-cujus GUADALUPE ALVARADO, quien falleció en fecha 14 de Mayo de 2012, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.458.034, a los ciudadanos MARIA EUGENIA ALVARADO CORONADO, JOSE RAFAEL ALVARADO CORONADO, LISET DEL VALLE ALVARADO CORONADO, NELSON RAFAEL ALVARADO CORONADO y RICARDO ANTONIO ALVARADO CORONADO. ASÍ SE ESTABLECE.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del De-cujus GUADALUPE ALVARADO, quien falleció en fecha 14 de Mayo de 2012, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.458.034, a los ciudadanos MARIA EUGENIA ALVARADO CORONADO, JOSE RAFAEL ALVARADO CORONADO, LISET DEL VALLE ALVARADO CORONADO, NELSON RAFAEL ALVARADO CORONADO y RICARDO ANTONIO ALVARADO CORONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.583.747, V-6.888.908, V-10.583.739, V-6.481.006 y V-10.583.771, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.
Expídanse las copias las copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, a los dos (2) días del mes de Noviembre de dos mil doce (2012).
AÑOS. 202° de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA,


MILAGROS A. ZAPATA RAMIREZ
LA SECRETARIA,


ABG. ODIXIS VELIZ SUAREZ
En la misma fecha siendo las 2:30 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,





MAZR/OVS/Malyuri.