REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202 ° y 153 °

ASUNTO: SP01-S-2012-000051

PARTE OFERENTE: EXPRESOS MERIDA C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: JORGE CHACON MAgNTILLA, con Inpreabogado Nro. 52.845.

PARTE OFERIDA: RICARDO ZAMBRANO MORENO, identificada con la cédula de identidad Nro. V-4.635.243.
ABOGADO ASISTENTE DEL OFERENTE: AMILCAR QUINTERO ROMERO, inscrito bajo el IPSA N°:59.970.

MOTIVO: OFERTA DE PAGO

En el día hábil de hoy, viernes 02 de Noviembre de 2012, siendo la oportunidad fijada para la celebración a la Audiencia preliminar de las 11:00 a.m., se apertura la misma previo anunció de ley, con la comparecencia del trabajador y los abogados de ambas partes anteriormente señalados, dejándose expresa constancia de ello, ante este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; se la concede el derecho de palabra al apoderado del oferente, y después de haber realizado varias explicaciones en cuanto a los cálculos adeudados, expresa: se le ofrece al Ciudadano RICARDO ZAMBRANO MORENO, identificado con la cédula de identidad Nro. V-4.635.243, que reciba la cantidad de los fondos que serían consignados a su favor, para que puedan compensar el monto total definitivo adeudado por sus prestaciones sociales, se deja constancia que dicha cantidad es de QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 591.560,89) de los cuales ya el trabajador a recibido la cantidad de Bs.294.498,49 y restando una saldo total de Bs.297.062,40; de los cuales se le ofrece cancelarlos en 12 pagos, donde se le entregarán en fecha de la primera semana, de cada mes mediante un cheque por un monto igual de Bs.24.755,20, y en fecha de hoy se le ofrece el primer pago por dicho monto, mediante 1cheque del Banco BANESCO que le será entregado en este acto signado bajo el Nro.44635234 a nombre del trabajador. En ese momento se instó a la parte OFERIDA a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponden al pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la parte oferida manifiesta que acepta conforme la propuesta realizada por la parte oferente, señala haber recibido dichos adelantos, estar conforme con el monto restante y del cual no restaría nada a deber por sus prestaciones sociales y otros conceptos; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en actas su último pago. Se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes:

LA JUEZ.

Dra. YALENA MORA.

LA PARTE OFERIDA




Abog. ASISTENTE DEL OFERIDO.


PARTE OFERENTE




EL SECRETARIO



EXP.SP01-S-2012-051.