REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Primero  de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 1 de Noviembre de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: WP21-J-2012-000746
 
 
Con vista la anterior solicitud incoada por el ciudadano SOLANO UNDA WILMAN JOSE GREGORIO	, venezolano, mayor  de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.532.709, actuando en interés de su hijo,SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA debidamente asistido por la Defensora Publica Tercera Abg., LUISA MERCEDES CEDEÑO , y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hijo, SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA  en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo a la ciudadana, UNDA COLMENARES DALIA MARGARITA titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.498.625; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del prenombrado  niño  a la ciudadana antes identificado. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
 
La Juez
 
 
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
 
El Secretario
 
 
 
 
 
 
 
Hora de Emisión: 3:17 PM
 
Asistente que realizo la actuación: 
 
 
 
 
 
 
 |