REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Primero  de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 21 de Noviembre de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2012-000599
 
Visto el presente convenimiento de OBLIGACION DE  MANUTENCION, suscrito por los ciudadanos MARIA GABRIELA CASTILLO GIANOTTI y GUSTAVO ENRIQUE PACHECO GOMEZ venezolanos, mayores de edad y   titulares de las Cédulas de Identidad números V-13.394.362 y V-6.480.172 respectivamente, a favor de su hija SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA de edad, por ante la Fiscalía Quinta Auxiliar del Ministerio Público del Estado Vargas a cargo de la Abogada FRANCYS PEREZ OCHOA, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, por cuanto las partes solicitan la homologación del referido convenimiento. En consecuencia, ésta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley HOMOLOGA  y acuerda impartir su debida aprobación al contenido del convenio suscrito por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA).
 
La Juez
 
 
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
 
La Secretaria
 
 
Abg. Yira Ceballos Vera
 
 
 
 
 
Hora de Emisión: 3:26 P.M. 
 
 
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