REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 21 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000839

Con vista la anterior solicitud incoada por el ciudadano DANIEL AMERICO RAMOS MARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.558.170, actuando en interés de su hija SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , debidamente asistida por la Abogado ODOMAIRA ROSALES PAREDES, Defensora Pública Primera del Estado Vargas, y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hija SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo la ciudadana RUTH MARRERO DAVILA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.320.285; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de la prenombrada niña a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria




Hora de Emisión: 3:20 PM
Asistente que realizo la actuación: