REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 28 de noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2012-000786
Vista la solicitud presentada por el ciudadano PABLO LUIS GONZALEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-13.620.146, actuando en interés de la adolescente SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA mediante la cual solicita del Tribunal que la adolescente antes identificada, sea incluido como su CARGA FAMILIAR en su lugar trabajo. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza pasa a determinar de conformidad con el artículo 08 de la Ley Orgánica Para a Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, principio de la doctrina de protección integral y el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. En consecuencia se DECRETA el presente JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor de la adolescente supra identificada. En consecuencia se ordena expedir copias certificadas del presente auto a la parte interesada. Ofíciese lo conducente a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Poder Popular para el Turismo, ubicado en la Floresta, Avenida Francisco de Miranda, Distrito Capital, Complejo MINTUR, a los fines de se sirvan tener a la prenombrada adolescente como carga familiar del ciudadano PABLO LUIS GONZALEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-13.620.146. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Yira Ceballos Vera
Hora de Emisión: 2:35 PM
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