REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 5 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000773


Vista la solicitud formulada por el ciudadano MORAIMA JOSEFINA UGUETO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.799.940, debidamente asistida por la profesional del derecho BLANCA ROSA ROSALES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.743, actuando en su nombre y en representación de su hija, la adolescenteSE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA mediante la cual solicita del Tribunal sea declarado TITULO DE PERPETUA MEMORIA y se les tenga como Únicos y Universales Herederos de la de cujus CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, ex – titular de la Cédula de Identidad N°.V-6.480.263. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA a favor la adolescente SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA Titular de la cédula de identidad V- 25.327.001 Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión a archivo judicial. CUMPLASE LO ORDENADO.

La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera




Hora de Emisión: 2:38 PM
Asistente que realizo la actuación: