REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 5 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000774
Con vista la anterior solicitud incoada por el ciudadano PINTO LUIS ALFREDO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.485.028, actuando en interés de su hija la adolescente , SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA debidamente asistido por el Defensor Publico Quinto Abg. NELSON R. YNAGAS G , y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hija, SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo a la ciudadana, CARLIS GRISEL PINTO MUSTIOLA titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.796.358; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del prenombrado niño a la ciudadana antes identificado. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Jueza

Abg. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera




Hora de Emisión: 3:07 PM
Asistente que realizo la actuación: