REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Primero  de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 5 de Noviembre de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: WP21-J-2012-000774
 
Con vista la anterior solicitud incoada por el ciudadano PINTO LUIS ALFREDO venezolano, mayor  de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.485.028, actuando en interés de su hija la adolescente , SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA  debidamente asistido por el Defensor Publico Quinto Abg. NELSON R. YNAGAS G , y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hija, SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA  , en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo a la ciudadana, CARLIS GRISEL PINTO MUSTIOLA titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.796.358; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del prenombrado  niño  a la ciudadana antes identificado. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
 
La Jueza
 
 
Abg. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
 
		La Secretaria
 
 
	Abg. Yira Ceballos Vera
 
 
 
 
 
Hora de Emisión: 3:07 PM
 
Asistente que realizo la actuación: 
 
 
 
 
 
 
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