REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes
San Cristóbal, 22 de Noviembre de 2012
202º y 152º
ASUNTO: 16699
Por recibida la anterior solicitud de solicitud de HOMOLOGACIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, constante de -05- folios útiles, procedente de la Defensa Publica (Defensor Publico 6°) para el Sistema de Protección de Niños, y Niños y Adolescentes del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, convenio suscrito entre los ciudadanos: KETHERINE THAMARA JURADO GAYO venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad N° 14.048.70, con domicilio en el sector El Cementerio, casa N° 3-29, Palmira, Municipio Guasimos del Estado Táchira, teléfono N° 0276-8730110; Y REYNER MICHEL POSADA LAGUADO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V.-14.152.264, con domicilio en la Urb. Santa Marta, casa N° 24, San Juan de Colon Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Teléfono 0277-2914650. En beneficio de su hijo (a): “SE OMITE DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA” de -04- años de edad, identificado (a) con la Partida de Nacimiento N° 115 inserta en el folio -05- del presente expediente. Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
“…es acordado que el padre compartirá con su hijo los fines de semana, de manera alterna, es decir, cada quince días, retirándolo de la casa materna, los días viernes, a las cuatro de la tarde (04:00 p.m); entregándolo por si mismo el día domingo inmediato siguiente.
En relación a las fiestas de Diciembre, es acordado que el niño pase con la madre, la mitad de las vacaciones escolares de diciembre, incluyendo los días 24 y 25 de diciembre y con el padre así mismo la mitad de las vacaciones escolares de diciembre incluyendo los días 31 de diciembre de 01 de enero, alternando esta fecha para el año siguiente. El día de la madre lo pasará con la madre y el del padre con el padre. Igualmente el día de cumpleaños del niño, será compartido, con la madre y el padre. En relación a las vacaciones escolares, de agosto y septiembre el niño lo disfrutará con el padre y con la madre de manera compartida, para lo cual los padres convendrán en el mismo. Las vacaciones de carnaval, será de manera alterna, uno de los padres la pasará con su hijo y el otro pasará con su hijo el carnaval del año siguiente, comenzando con el padre el año 2013. Por su parte las vacaciones de Semana Santa, será de manera alterna, es decir, uno de los padres la pasará con u hijo y el otro pasará con su hijo la semana santa del año siguiente, comenzando con la madre el año 2013. es convenido que si el padre o la madre, en el ejercicio de su derecho de visitas, sacará a su hijo fuera del Estado Táchira, notificará al otro, el lugar de destino. Igualmente es acordado que el padre no sacará a su hijo de sus actividades escolares o se tareas dirigidas so pretexto del régimen de visita, sin previo aviso a la madre, ciñéndose estrictamente a lo aquí acordado…”
Por consiguiente esta JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerdo, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y no teniendo más actuaciones que realizar este Tribunal ordena el archivo del presente expediente, y ordena su traslado de este Tribunal al archivo inactivo. Fórmese legajo. Cúmplase.-
Abg. MILAGROS DEL VALLE ROJAS DE DURAN
Juez Cuarto de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abg. SANDRA MARQUEZ B.
Secretaria
Exp. Nº 16699
yohana r.-
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