REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 20 de noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2012-000821
DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano LUIS GREGORIO HIDALGO BLANCO venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad N° V-7.994.247 debidamente asistido por la Defensora Pública Tercera LUISA CEDEÑO actuando en este acto en nombre y representación a favor de sus hijos, los niños SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA respectivamente, fue designada para ocupar dicho cargo al ciudadano JULIO ESTEBAN HERNANDEZ CONTRERAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.998.945, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de los referidos niños, al ciudadano antes identificado. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Hora de Emisión: 3:01 PM
Asistente que realizo la actuación:
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