REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 26 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000857

Vista la solicitud formulada por la ciudadana GUZMAN GLADYS ALEXANDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-14.313.553, actuando en interés de su hijo,, mediant SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA la cual solicita del Tribunal sea declarado TITULO DE PERPETUA MEMORIA y se tenga a su hijo como Único y Universal Heredero del de cujus LINDER ISMAEL RIZO JAMENSON, ex – titular de la Cédula de Identidad N°.V-15.544.676. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA a favor del niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA . Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión a archivo judicial. CUMPLASE LO ORDENADO.
LA JUEZA


DRA. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ


LA SECRETARIA


ABG. NOHEMI ROSENDO REYES

Hora de Emisión: 4:07 PM
Asistente que realizo la actuación: