REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintitrés (23) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º Y 153º
ASUNTO: WP11-L-2012-000151
PARTE ACCIONANTE: JOSÉ NATIVIDAD GARCÍA BARRERA, titular de la cédula de identidad número V-5.666.526.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: NO CONSTITUYÓ.
PARTE DEMANDADA: COPACABANA RACE AND SPORT BOOK BAR, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS EDUARDO HURTADO GUZMÁN, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 38.201.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, veintitrés (23) de noviembre de dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, compareció a la misma el ciudadano: LUIS EDUARDO HURTADO GUZMÁN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte accionante, quien no asistió ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.-
LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. RAQUEL CASTEJÓN
LAS PARTES COMPARECIENTES:


LUIS EDUARDO HURTADO GUZMÁN,


LA SECRETARIA


ABG. YELENY ROSARIO.