REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
ASUNTO: SP01-L-2012-000290
PARTE ACTORA: RODOLFO ALEXIS LAGOS PAZ Y YORMAN YASID AREVALO QUINTERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.170.227 y V-12.846.679 en su orden
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.502.257, con Inpreabogado Nro.66.575
PARTE DEMANDADA: EXPRESOS MERIDA C.A., en la persona del Presidente CRISTO ANTONIO ESCALANTE, o su Gerente General JOSÉ TEMISTOCLES PULIDO LABRADOR, titular de la cédula de identidad nº V-3.430.574
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARCOS DANIEL CORTES MEDINA, titular de la cédulas de identidad Nro.V-17.863.234, con Inpreabogado Nro.180.873
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Dieciséis (16) de octubre de 2012, siendo las 10 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, los demandantes RODOLFO ALEXIS LAGOS PAZ Y YORMAN YASID AREVALO QUINTERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.170.227 y V-12.846.679 en su orden, la apoderada judicial de la parte demandante MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.502.257, con Inpreabogado Nro.66.575, tal como consta en poderes que se encuentran agregados en los folios 38 al 45 del expediente, por la parte demandada en su carácter de Secretario Ejecutivo el ciudadano OSCAR ORLANDO GOMEZ ANGOLA, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.996.304, tal como consta en acta de asamblea de fecha 13 de agosto de 2011 que se encuentra agregada en los folios 62 al 66 del expediente, el coapoderado de la parte demandada MARCOS DANIEL CORTES MEDINA, titular de la cédulas de identidad Nro.V-17.863.234, con Inpreabogado Nro.180.873, tal como consta en poder que se encuentra agregado en los folios 67 al 73 del expediente. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagará al ciudadano YORMAN YASID AREVALO QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.846.679, la suma de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.30.000,00), en dos cuotas de Bs.15.000 cada una, pagaderas de la siguiente manera: En este acto cancela la suma de Bs.15.000,00 mediante cheque Nro.15635206, código cuenta cliente Nro.0134-0340-61-3401014275 a nombre del trabajador YORMAN YASID AREVALO QUINTERO, de fecha 15 de octubre de 2012; y los restantes Bs.15.000 en fecha 15-11-2012, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador. Así mismo, la parte demandada pagará al ciudadano RODOLFO ALEXIS LAGOS PAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.170.227, la suma de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.50.000,00), en cinco cuotas de Bs.10.000 cada una, pagaderas de la siguiente manera: En este acto cancela la suma de Bs.10.000, mediante cheque Nro.44635205, código cuenta cliente Nro.0134-0340-61-3401014275 a nombre del trabajador RODOLFO ALEXIS LAGOS PAZ, de fecha 15 de octubre de 2012; y los restantes Bs.40.000 en cuatro cuotas de Bs.10.000 cada una en fechas 15-11-2012, 14-12-2012, 15-01-2013 y 15-02-2013, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de prestaciones sociales, ni por ningún otro concepto derivado del mismo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En este acto se hace entrega de las pruebas presentadas por las partes en la audiencia preliminar de la siguiente manera: 1) La parte demandante escrito de prueba constante de diecinueve (19) folios útiles y 521 anexos, y 2) La parte demandada escrito de prueba constante de seis (06) folios útiles y 195 anexos. La parte demandada solicita copia certificada de la presente acta, este Tribunal acuerda lo peticionado, en consecuencia ordena expedir la copia certificada de la presente acta al peticionante.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,
PARTE ACTORA:
RODOLFO ALEXIS LAGOS PAZ

YORMAN YASID AREVALO QUINTERO

APODERADA DE LA PARTE ACTORA: POR LA PARTE DEMANDADA:
MIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ PEÑALVER OSCAR ORLANDO GOMEZ ANGOLA

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MARCOS DANIEL CORTES MEDINA