REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós de octubre de dos mil doce.
202º y 153º
Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano MAXIMINO DUARTE DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.540.777, asistido por el abogado Felipe Oresteres Chacón Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.439, de este domicilio y hábiles; y visto los recaudos que anteceden contentivas del justificativo evacuado ante este Juzgado, donde los ciudadanos JORGE ENRIQUE CONTRERAS PABON y ELEAZAR MONCADA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.072.566 y V-1.555.871, en su orden quienes son contestes en afirmar que Maximino Duarte, construyó con dinero de su propio peculio, una construcción ubicada en la carrera 3 con calle 10 N° 9-30, Pasaje Camejo, Sector San Miguel, San Cristóbal; así mismo de la Inspección judicial practicada el 16 de febrero de 2011, se evidencia que en la carrera 3 calle 9 N° 9-30, Pasaje Camejo, Sector Parque San Miguel, Municipio San Cristóbal, funciona una venta de comida y servicio de restaurante; igualmente de la comunicación emanada de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal Sindicatura Municipal, donde recomienda se otorgue titulo supletorio a MAXIMINO DUARTE DUARTE.
Ahora bien, por cuanto de autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por el ciudadano MAXIMINO DUARTE DUARTE; es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle al ciudadano MAXIMINO DUARTE DUARTE, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.540.777, de este domicilio, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras construidas en terreno ejido, consistentes en un inmueble, construido en paredes de bloque frisadas y pintadas, con cinco (5) ventanas de hierro, techos de acerolit y estructura o vigas de hierro, con un salón interno y en el fondo el área de cocina, con planchones de cemento y dos lavaplatos, pisos de cemento y terracota, con servicio de baño y sanitario y un techo extra adicional con servicio de agua, luz y gas, desagües, alinderada de la siguiente manera: NORTE: con la calle 9, mide siete metros (07 Mts.); SUR: Con propiedades que son o fueron de Luis Mejias, mide siete metros (07 Mts); ESTE: Con calle 3, mide siete metros (7 mts.) y OESTE: Con Parque San Miguel, mide siete metros (7mts), ubicadas en la calle 9 con carrera 3 y Pasaje Camejo, Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
Conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos a terceros. Devuélvase originales a la parte solicitante y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal

Juan José Molina Camacho
La Secretaria

Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia para el archivo bajo el N° 566