JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2.012).
202° y 153°
En el presente juicio N° 7778, instaurado por el ciudadano JOSE GREGORIO MORALES RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 12.490.493, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal – Estado Táchira, asistido por el abogado en ejercicio Román Alessandro Leal Molina, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 63.391, y vista la diligencia de fecha 04 de octubre de 2012, suscrita por el demandante ya identificado, mediante la cual desiste del procedimiento, por ello solicita que se homologue el mismo.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGCION, al desistimiento realizado por el ciudadano JOSE GREGORIO MORALES RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 12.490.493, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal – Estado Táchira, asistido por el abogado en ejercicio Román Alessandro Leal Molina, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 63.391, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez Temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° _____.
Irene O.-
Demandante: José Gregorio Morales Rincón.
Demandadazo: Jhofre A. Benítez Castillo
Motivo: cumplimiento de contrato de compra - venta
|