REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS
San Cristóbal, 29 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-000053
ASUNTO : SP21-P-2012-000053

Vista como ha sido la solicitud presentada por el Ciudadano JOSE CECILIO TORRES VIVAS en fecha 25 de octubre de 2012 y recibida por este Tribunal en fecha 26 de octubre de 2012, actuando en su condición de Director del Centro Penitenciario de Occidente, en representación del Ciudadano ENMANUEL MOSQUERA MOSQUERA, a quien se le sigue causa penal N° SP21-P-2012-000053, en la cual solicita se autorice traslado al Ciudadano Acusado ENMANUEL MOSQUERA MOSQUERA a el Banco de Venezuela con la finalidad de EXPEDIR UNA NUEVA LIBRETA DE SU CUENTA DE AHORRO; este Tribunal debe considerar que, tal petición obedece a gestiones de cobro de pensión que ya ha sido autorizada y que es el derecho a la Seguridad social un mandato Constitucional, Derecho Fundamental sobre el cual se estatuye la propia configuración del Estado Venezolano, como garante de los derechos individuales, sociales y colectivos, en los términos previstos en nuestra norma constitucional como servicio público de carácter no lucrativo que asegura la salud y la atención de contingencia de diversa índole, prevista específicamente en el artículo 86; así como que la titularidad de tal derecho esta dirigida a todas las personas en igualdad de condiciones, y siendo que los beneficios de la seguridad social son de carácter personal; quien aquí tiene la responsabilidad de juzgar autoriza el traslado del acusado ENMANUEL MOSQUERA MOSQUERA a los fines de que realice gestión bancaria en la Sede del Banco de Venezuela, sucursal El Tamá, ubicada en la Avenida España, Sector Pirineos de la Ciudad de San Cristóbal, y en consecuencia ordena al Director del Centro penitenciario de Occidente, ubicado en la Ciudad de Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira; se sirva materializar, bajo estrictas medidas de seguridad, el traslado del acusado en un periodo de tres días hábiles, comprendido entre los días cinco (05) y siete (07) de noviembre de 2012, durante horario bancario, entre las 08:30 horas y las 15:30, y así se decide.
Líbrese la respectiva boleta de traslado, ofíciese al Gerente de la Sucursal El Tamá del Banco de Venezuela, a los fines de que rinda informe sobre las resultas del trámite solicitado, en la oportunidad fijada.


ABG. DIEGO FERNANDO MOLINA RONDON
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO


ABG. NAIRETH KARINA CARDENAS AGUILAR
SECRETARIA

12:33 PM