REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
San Cristóbal, 4 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-006434
ASUNTO : SP21-P-2012-006434
Vista la solicitud realizada por la defensa de la acusada de autos, CRISTIAN JENNIFER MATA MENDOZA, en donde solicita se mantenga el sitio de reclusión que le fue asignado por el Tribunal de Control, como lo es la Policía del Estado Táchira, en virtud de que la acusada de autos ha recibido amenazas a su vida. Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 30/08/2012, el Tribunal Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, celebró la Audiencia Preliminar, con ocasión a la acusación que fue presentada por parte del Ministerio Público, en contra de la acusada de autos, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JHON ALBERTO SHINZATO CASTELLANO, en donde se resolvió mantener el sitio de reclusión que le fue asignado en su respectiva oportunidad, como lo fue el Cuartel de Prisiones de la Policía del Estado Táchira.
Ahora bien, señala la defensa como fundamento de su solicitud, que su defendida esta siendo objeto de amenazas y que se encuentra amenazada su vida si es traslada al Centro Penitenciario de Occidente, sin embrago no consta en actas que se haya realizado la respectiva denuncia ante el organismo competente.
Sin embargo, aún cuando el Cuartel de Prisiones de la Policía del Estado, no es un sitio de reclusión propiamente dicho, este Tribunal mantiene a la acusada en dicho establecimiento policial, hasta tanto varíen las circunstancias que motivaron a la Juez Noveno de Control a designar como sitio de reclusión para la acusada de autos la sede de la Policía del Estado. Y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
ABG. LUZ DARY MORENO ACOSTA
JUEZA CUARTA DE JUICIO
ABG. MARIA DEL VALLE TORRES
SECRETARIA