REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Control del Estado Vargas
Macuto, 19 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-000232
ASUNTO : WP01-P-2005-000232

Vista la solicitud del Representante de Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual solicita el sobreseimiento de la causa de conformidad con el Artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra de los ciudadanos ISEA MARTINEZ LEWIS RAFAEL Y JONATHAN JOSE VELASQUEZ GONZALEZ, en los siguientes términos:
“…En fecha 30-11-2005, funcionarios adscritos al Comando Regional N° 5, de la Unidad Especial de Seguridad Ciudadana de la Guardia Nacional, cuando se encontraban efectuando un recorrido patrullaje por la jurisdicción de la Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, frente al Bar California, ubicado en la Plaza El Cónsul, de Maiquetía, estado Vargas, avistaron a dos (02) ciudadanos, se identificaron como funcionarios y le dieron la voz de alto, le solicitaron sus identificaciones personales y la posibles pertenencias u objetos que pudieran mantener adheridas a su cuerpo o vestimenta, los mismos les manifestaron no poseer nada, seguidamente le practicaron una revisión corporal no incautándole ningún objeto de interés criminalístico, pero en el sitio donde se encontraban incautaron la cantidad de cinco (05) envoltorios confeccionados en bolsa plástica color azul con blanco, contentiva en su interior de una sustancia en forma de polvo, color blanco, olor fuerte y penetrante, presuntamente droga, denominada Cocaína y un (01) envoltorio confeccionado en bolsa plástica de color azul de mayor tamaño que las cinco anteriores de la misma sustancia, igualmente le incautaron en el bolsillo derecho del pantalón, la cantidad de treinta y ocho mil bolívares (38.000,00 Bs), en efectivo, de diferentes denominaciones, se puede notar que dicho procedimiento no se evidencia testigo presencial alguno…”.
Ahora bien, de las resultas recabadas de la investigación permiten establecer la ocurrencia del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, transcurridos SEIS (06) AÑOS Y DIEZ (10) MESES, desde la apertura de la presente causa sin haber operado el lapso para la prescripción ordinaria y al no haber testigos que corroboren la actuación de los funcionarios actuantes, es por lo que esta Representación Fiscal solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos ISEA MARTINEZ LEWIS RAFAEL Y JONATHAN JOSE VELASQUEZ GONZALEZ, por la presunta comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal…”
El Tribunal para decidir observa lo siguiente:
Establece el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 318 lo siguiente:
“…El sobreseimiento procede cuando:
1. El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado;
2. El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad;

3. La acción Penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada;

4. A pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado;

Así lo establezca expresamente este Código.”

El numeral 4 del artículo antes citado de la norma adjetiva penal, permite decretar el sobreseimiento, cuando A pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho en la presente causa es DECRETAR de conformidad con lo establecido en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra de los ciudadanos ISEA MARTINEZ LEWIS RAFAEL Y JONATHAN JOSE VELASQUEZ GONZALEZ, por haber sobrevenido una de las causales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, haciendo cesar todas las medidas de coerción que han sido dictadas a la presente fecha, sin perjuicio de lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 20 del Texto Adjetivo Penal. Y ASI SE DECLARA.
Por lo antes expuesto, es que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal decreta EL SOBRESEIMIENTO de la causa, seguida en contra de los ciudadanos ISEA MARTINEZ LEWIS RAFAEL Y JONATHAN JOSE VELASQUEZ GONZALEZ. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos ISEA MARTINEZ LEWIS RAFAEL Y JONATHAN JOSE VELASQUEZ GONZALEZ, de conformidad con el ordinal 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL

DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO

LA SECRETARIA,

ABG. DANESIA PEDRA VEGAS

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA,

ABG. DANESIA PEDRA VEGAS