REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal QUINTO de Control del Estado Vargas
Macuto, 23 de septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-002097
ASUNTO : WP01-P-2012-002097
Corresponde a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, emitir pronunciamiento Judicial con relación a la solicitud planteada en la Audiencia celebrada en este Despacho, por el Representante del Ministerio Público ABG. SHINDIG ESCOBAR, en su carácter de Fiscal Primero auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual señala lo siguiente:
“Presento y pongo a la disposición de este Tribunal al ciudadano GREGORIO QUINTERO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.740.183, quien fuera aprehendido por funcionarios de INTERPOL del Estado Vargas el día 22 de Septiembre del presente año, siendo las dos horas de la tarde, cuando funcionarios de este cuerpo detectivesco abordaron al ciudadano en mención quien se disponía a abordar el vuelo Nro. R7775 de la Línea ASERCA con destino Maturín Estado Monagas, se le solicito su documentación, con el fin de ser verificado en el sistema de datos del SIPOL, arrojando como resultado que dicho ciudadano figura como solicitado según oficio N 5C-2066-2012 emanado del Juzgado Quinto en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Monagas, expediente Nro. NP01-P-2009-000229, por el delito de DEGRADACÍON DE SUELOS, TOPOGRAFIA Y PAISAJES, e igualmente, se solicitó al departamento de comunicaciones internacionales con la finalidad de contactar las posibles solicitudes, indicando el funcionario de dicha institución que él mismo no presenta solicitud, y en tal virtud se practicó su aprehensión, ahora bien, ciudadano de Juez de Control, el Ministerio Público actuando como parte de buena fe en todos los procesos penales, y tener conocimiento de que él ciudadano viajaba con sus tres hijos, y de acuerdo a lo manifestado por el ciudadano antes identificado, el cual indicó que su problema por ante el Tribunal del Estado Monagas, estaba resuelto y por cuanto el trámite correspondiente de desincorporación del Sistema Sipol no se llevó a cabo, sostuve comunicación el la Fiscal Superior del Estado Vargas, Dra. DEISY LOPEZ, a fin de informarle la situación que se presentaba con dicho ciudadano, procediendo la misma a efectuar llamada telefónica al Fiscal Superior del Estado Monagas, Dr. JOSE COLMENARES, quien se comunicó con el Juez Quinto de Control del Estado Monagas, corroborando dicha información y que efectivamente dicho ciudadano aparece ante dicho Tribunal sin medida privativa de libertad, es por lo cual en virtud de lo antes expuesto, y en respeto a la garantía al debido proceso, solicito en consecuencia se le acuerde LA LIBERTAD al hoy imputado, y que éste a su vez se comprometa a la mayor brevedad posible trasladarse al Tribunal Quinto del Estado Monagas, es todo..”.
Este Tribunal a los fines de decidir, previamente considera y observa:
En virtud de la comunicación vía telefónica con la Dra. Lisset Prada Juez Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Monagas, la cual manifestó que el ciudadano QUINTERO HERNANDEZ GREGORIO, Titular de La Cedula de Identidad Nº 5.740.183, efectivamente se encuentra solicitado por su Tribunal en virtud de su falta de comparecencia a la audiencia prevista en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, pero no le fue librada boleta de encarcelación alguna, en virtud de ello este Tribunal declara CON LUGAR la solicitud tanto del Ministerio Publico como de la defensa y acuerda LA LIBERTAD del ciudadano antes mencionado con la obligación que tiene de presentarse ante el mencionado Tribunal con la finalidad de solventar su situación jurídica. Así mismo se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Monagas en su debida oportunidad a los fines legales consiguientes. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA:
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: En virtud que este Tribunal se comunico vía telefónica con la Dra. Lisset Prada Juez Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Monagas, la cual manifestó que el ciudadano QUINTERO HERNANDEZ GREGORIO, Titular de La Cedula de Identidad Nº 5.740.183, efectivamente se encuentra solicitado por su Tribunal en virtud de su falta de comparecencia a la audiencia prevista en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, pero no le fue librada boleta de encarcelación alguna, en virtud de ello este Tribunal declara CON LUGAR la solicitud tanto del Ministerio Publico como de la defensa y acuerda LA LIBERTAD del ciudadano antes mencionado con la obligación que tiene de presentarse ante el mencionado Tribunal con la finalidad de solventar su situación jurídica. SEGUNDO: Acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Monagas en su debida oportunidad a los fines legales consiguientes.. Regístrese, publíquese, déjese copia y remítase.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
EL SECRETARIO
Abg. ALEJANDRO MILLAN