REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 24 de octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000251
ASUNTO : WP01-D-2011-000251

CESACION DE SANCIONES por TOTAL CUMPLIMIENTO

Recibido en este Despacho Judicial el 23/10/2012 informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 17/07/1994 actualmente de 18 años de edad, donde refieren que él dio cumplimiento a sus medidas y solicitan su cese. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por total cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:

Revisada la causa se evidencia al folio 93 Sentencia Definitiva de fecha 09/11/2011 dictada por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes, en la cual declaró responsable penalmente por el procedimiento de Admisión de los Hechos al joven en referencia, por el delito de ROBO LEVE y lo condenó a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (6) MESES. El Tribunal de Ejecución en data 08/12/2011 dicta Auto de Ejecución y se logra imponer de esas sanciones dispuestas en esa Sentencia el 31/05/2012.
En la fase de ejecución en la Audiencia de Imposición de las sanciones una vez explicada las orientaciones se hizo una aclaratoria de fondo en cuanto al termino de su cumplimiento que de forma excepcional se le tomó encuentra sus presentaciones por la fase de Control por cuanto revisado el Libro de presentaciones las había cumplido desde Diciembre 2011 y por esa razón no se había impuesto antes, esta Decisora le rebajó dos (2) meses de su cumplimiento por lo que le faltaba por cumplir solo cuatro (4) meses por lo que culminaba el 30/09/2012 y de acuerdo al informe recibido el 23/10/2012 solicitan el Cese por cuanto el joven cumplió con el lapso de las medidas impuestas.

Así las cosas, esta Decisora da como conclusión que el joven DAVSON JONIEL FLORES cumplió con la Ejecución de las sanciones dispuestas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Seis (6) Meses tomando en cuenta 2 meses de presentaciones en fase de control y desde el 30/05/2012 que se impuso el resto de los 4 meses y de acuerdo al informe del Centro de Orientación cumplió con las medidas en el tiempo estipulado sin novedades negativas, con ello considera esta Juzgadora que se logró el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven en referencia y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido con la Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Seis (6) Meses, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.

Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a Polivargas para que lo excluyan de Pantalla Policial de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA