REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZURLA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 29 de Octubre de 2012.
202° y 153°
Vista la anterior demanda de INTIMACIÓN Y ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES y sus anexos, presentada por el Abogado FREDDY JOSE MACHADO D`WUENTT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.568.196, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.236, debidamente asistido por el abogado ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.190, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, conforme con lo dispuesto en el Artículo 22 de la Ley de Abogados conjuntamente con el Artículo 22 de su Reglamento. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, MARIELA MARTINEZ CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.12.459.081, para que de acuerdo con la Jurisprudencia dictada en fecha 27/08/2004, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, comparezca por ante este Tribunal al día de Despacho siguiente a la constancia dejada en autos por el Alguacil del Tribunal, de haber practicado su intimación, dentro de las horas de Despacho comprendidas desde las 8:30 a.m., hasta la 3:30 p.m., a fin de que por vía de contestación a la demanda, señale lo que a bien tenga con respecto a la reclamación hecha por el Abogado FREDDY JOSE MACHADO D`WUENTT. Líbrese Boleta de Intimación y anexo a copia certificada del libelo de demanda, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la intimación ordenada, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ.
Abg. GERARDO FREITES.
En esta misma fecha se libró la Boleta de Intimación y la copia certificada que deberá anexarse a la misma.
EL SECRETARIO,
Abg. GERARDO FREITES.
SRP/GF/wg.
Exp. N° 1996/12.