REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 15 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000618

Con vista la anterior solicitud incoada por la ciudadana WENDY YURLIS ATENCIO GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.796.271, actuando en interés de su hijaSE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA debidamente asistida por el Abogado PEDRO BASTARDO, Defensor Público Primero del Estado Vargas, y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hija SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , en tal sentido fue designado para ocupar dicho cargo a la ciudadana FLOR HAYDEE GARRIDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.114.390; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de la prenombrada niña a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera







Hora de Emisión: 2:13 PM
Asistente que realizo la actuación: