REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 16 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000607


DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana JENIFER JOSEFINA LIZCANO ROSAL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de Identidad N° V-13.827.306, debidamente asistida por el Defensor Público Cuarto Abg. PEDRO BASTARDO, actuando en este acto en nombre y representación de su hija SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana AMELIA ELISA RIVAS ARANGUREN, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.482.768, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de la referida niña a la ciudadana AMELIA ELISA RIVAS ARANGUREN. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera




Hora de Emisión: 9:13 AM
Asistente que realizo la actuación: