REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 22 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000702


DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano EFRAIN MOSCO PEPER, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad N° V-16.523.738 debidamente asistido por el Defensor Público Cuarto Abg. PEDRO BASTARDO, actuando en este acto en nombre y representación de sus hijos el adolescente WILMAN JESUS y los niños SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana MARLYN BLASINA MOSCO PEPPER, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.533.230, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de los referidos adolescentes y niños a la ciudadana MARLYN BLASINA MOSCO PEPPER, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.533.230. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA,


Dra. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
LA SECRETARIA.,

Abg. YIRA CEBALLOS VERA







Hora de Emisión: 3:15 PM
Asistente que realizo la actuación: