REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 29 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000728



DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana SILVANA YDALIA SILVA FALCON, quien es venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.828.881, debidamente asistida por el profesional del Derecho, JUAN MANUEL GONZALEZ BUROZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 30.010, actuando en este acto en nombre y representación de su hija, SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana BEDIETA YDALIA FALCON GONZALEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.610.326, quien aceptó el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curadora Ad-Hoc de la referida niña, a la ciudadana antes identificada. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera






Hora de Emisión: 2:59 PM
Asistente que realizo la actuación: