REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 3 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000614

Vista la solicitud de CURATELA formulada por el ciudadano PAUL ALEXANDER GARCIA SALCEDO, titular de la cedula de Identidad N° V-21.193.826, debidamente asistido por el Abogado RAUL RONDON REGES, actuando con el carácter de Defensor Publico Sexto en materia de Protección del niño, niñas y adolescentes, mediante la cual solicita del Tribunal se le designe un Curador Ad-Hoc, a favor de su hijo: SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , habiéndose propuesto para ejercer dicho cargo a la ciudadana CARMEN MINERVA SALCEDO VELAZQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 13.123.922, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, quien fue designada como Curador Ad-Hoc del niño de autos, aceptando el cargo y juró cumplirlo fielmente. En consecuencia, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Transición y Ejecución del Tribunal Primero de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DISCIERNE en la ciudadana CARMEN MINERVA SALCEDO VELAZQUEZ, antes identificada, el cargo de Curador Ad- Hoc a favor del niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA En consecuencia, deje copias certificadas del presente decreto y entregue las resultas con sus originales a la solicitante. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera