REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 10 de octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: WP21-H-2012-000468


Vista la solicitud de Homologación al convenimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia) celebrado entre los ciudadanos: LUIS MANUEL IRIARTE SALAZAR y MARIANELA RODRIGUEZ RENJIFO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números V-11.062.813 y V-6.497.918, respectivamente, a favor de su hijo SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 Ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez

Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario