REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 10 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-H-2012-000476
Vista la solicitud de Homologación al convenimiento de Obligación de Manutención celebrado entre los ciudadanos: DALWIN ALFONZO BRAFAJARTE RODRIGUEZ y JANEISY VANESKA VELIZ MORENO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números V-16.509.157 y V-20.782.670, respectivamente, a favor de su hijo JSE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescentes de la Alcaldía del Municipio Vargas, estado Vargas, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 Ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario
Hora de Emisión: 2:14 PM
Asistente que realizo la actuación:
|