REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 2 de octubre de 2012
202º y 153º


ASUNTO: WP21-J-2012-000628


Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, la presente Separación de Cuerpos y los recaudos que la acompañan y en aplicación del Nuevo Régimen Procesal presentada por los ciudadanos ALFREDO JESUS ALEMAN ZAMORA Y ELIBETH LOURDES SANTOS RIVAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-14.769.483 y V-13.827.822, respectivamente, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho FLORIMAR FERREIRA G., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81437 En consecuencia, désele entrada, anótese en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Siendo que esta Juzgadora como directora del proceso y con base a los Principios de Economía Procesal y Tutela Judicial Efectiva suprime la fase de mediación de la audiencia preliminar por no existir materia sobre la cual mediar y resultar por consiguiente inoficiosa. En consecuencia, este Tribunal, Decreta la Separación de Cuerpos, en los términos y condiciones por ellos convenidos en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaria las copias certificadas a librar. La Secretaria de este despacho las suscribirá, en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria







Hora de Emisión: 2:26 PM