REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 25 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2012-000714
DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana JOHANA BELEN PINO BELEN venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad N° V-15.266.985 debidamente asistida por la Profesional del derecho MAGALY BOZZO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.643, actuando en este acto en nombre y representación a favor de su hija, la adolescente SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana MIRIAM OROMAIKA DELGADO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.576.302, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de la referida adolescente a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Hora de Emisión: 1:03 PM
Asistente que realizo la actuación:
|