REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTDO VARGAS

Macuto, 05 de Septiembre de 2012
202º y 153º

Compete a este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento con ocasión a la incomparecencia ante este Órgano Jurisdiccional, sin motivo justificado para la celebración del juicio oral y público del ciudadano JHONATAN ALEXANDER INOJOSA ALEMAN, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 26-07-1981, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Gustavo Inojosa (v) y de Carmen Alemàn (v), titular de la cédula de identidad N° V-15.025.375, residenciado en Las Tunitas, Calle Los Ricos, Quinta Lourdes S/N Catia la Mar Estado Vargas en la causa que se sigue en con contra por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley de Drogas..

A los fines de emitir pronunciamiento se observa, que a los folios 44 al 51 de la presente causa, cursa escrito de acusación presentado por la Fiscal Undécima del Ministerio Público en el Estado Vargas, en contra del ciudadano JHONATAN ALEXANDER INOJOSA ALEMAN, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley de Drogas.

En fecha 25 de Agosto de 2011, se impuso de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial en la cual Revoco la Privación Judicial preventiva de Libertad del ciudadano JHONATAN ALEXANDER INOJOSA ALEMAN, y se insto a comparecer ante la sede del Tribunal para conocer del estado de su causa.-

Por otro lado consta en las actas levantadas por este Juzgado que el mencionado acusado no han comparecido al llamado del Tribunal los días en los que se han fijado las audiencias para la celebración del Juicio Oral y Público, por lo que, quien aquí decide y en razón al contenido del artículo 6 de la Ley adjetiva Penal, el cual establece la obligación que tienen los jueces de decidir se ORDENA LA CAPTURA del ciudadano JHONATAN ALEXANDER INOJOSA ALEMAN y una vez aprehendido se ponga a la orden de este Tribunal para proceder a celebrar dicha audiencia. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA CAPTURA, del ciudadano JHONATAN ALEXANDER INOJOSA ALEMAN, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 26-07-1981, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Gustavo Inojosa (v) y de Carmen Alemán (v), titular de la cédula de identidad N° V-15.025.375, residenciado en Las Tunitas, Calle los Ricos, Quinta Lourdes S/N Catia la Mar Estado Vargas, en virtud de la incomparecencia injustificada del mencionado imputado ante este Tribunal para la celebración del acto del Juicio Oral y Público que se sigue en su contra por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley de Drogas.

Diarícese, notifíquese a las partes, déjese copia y líbrese oficio al Jefe de la Unidad de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, Caracas, Distrito Capital.
LA JUEZA,


DRA. ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,


ABG. ROTSELVY A GOMEZ E




ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2011-001182