REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 202° y 153°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2011-000232
PARTE ACTORA:WENDY TATIANA OCHOA DE CONTRERAS, identificada con la cédula Nro. V-18.790.861
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.433
PARTE DEMANDADA: MEGA ELECTRONICA S.A. inscrita en el registro mercantil Tercero del Edo. Tachira el 14/11/01, tomo 14-A, Nro.53.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS LEONARDO CASIQUE AYALA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 21 de septiembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente la parte actora ciudadana WENDY TATIANA OCHOA DE CONTRERAS, identificada con la cédula Nro. V-18.790.861, asistida por el abogado EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.433 y por la parte demandada se hizo presente la accionista ciudadana ADA LUZ BORJAS LINARES, identificada con la cédula Nro.V-18.367.832 y el apoderado judicial abogado JESUS LEONARDO CASIQUE AYALA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.545, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de DIECINUEVE MIL BOLIVARES (BS.19.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.) Bs.12.827,78 en este acto mediante cheque Nro. 58574468 de la cuenta corriente Nro.01050093121093079894, contra el Banco Mercantil y 2.) Bs.6.172,22 para el día 5 de octubre de 2012, a las 9:00 de la mañana en la sede del Tribunal. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Se ordena expedir copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, La Parte Demandada,
El Secretario,
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